CERTIFICADO EFICIENCIA ENERGETICA
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CERTIFICADO EFICIENCIA ENERGÉTICA
La Certificación Energética de los Edificios es una exigencia derivada de la Directiva 2002/91/CE y que en base al Real Decret0 47/2007 de 19 de Enero, se traspone parcialmente al ordenamiento Jurídico Español por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de nuevos edificios.
En consecuencia, desde el 6 de septiembre de 2009 el promotor o propietario de cualquier edificio incluido en el ámbito de aplicación del Decreto 42/2009 está obligado a inscribir en el Registro tanto el certificado de eficiencia energética de proyecto como el de edificio terminado. (Procedimiento IN413C,https://rgee.xunta.es/)
Estos certificados deben renovarse a los 10 años a partir de la fecha de inscripción en el Registro o modificarse si existieron variaciones que puedan variar la calificación obtenida.
En la publicidad de venta o alquiler se debe hacer mención a la calificación energética indicando el número de registro.
Esta normativa tiene también incidencia en la edificación pública, así, cualquier edificio público deberá tener una calificación igual o superior a C y deberá exhibir la etiqueta energética.